El organismo integrado por el Banco Central y las superintendencias de Pensiones, Bancos, Mercado de Valores y Seguros explicó que la aprobación de un instrumento no obliga a las AFP a invertir en él y aseguró que las inversiones están sometidas a evaluaciones de riesgo y supervisión permanente.
Santo Domingo._La Comisión Clasificadora de Riesgos y Límites de Inversión (CCR y LI) aclaró que las decisiones sobre el destino de los recursos de los fondos de pensiones no descansan en un solo actor, sino que responden a un proceso en el que intervienen organismos reguladores y las propias administradoras de fondos de pensiones (AFP), dentro de los límites establecidos por la legislación.
En un comunicado publicado este viernes, el organismo hizo las precisiones ante “informaciones y comentarios” difundidos recientemente en medios de comunicación sobre la utilización, inversión y rentabilidad de los recursos acumulados por los trabajadores en el Sistema Dominicano de Pensiones.
La Comisión, creada por la Ley 87-01, está integrada por representantes del Banco Central, las superintendencias de Bancos, Mercado de Valores y Seguros, además de la Superintendencia de Pensiones (Sipen), que la preside, y un representante técnico de los afiliados.
Explicó que el proceso de inversión funciona en dos niveles. En una primera etapa, la Comisión evalúa y determina cuáles instrumentos financieros cumplen los requisitos para ser considerados alternativas elegibles para los fondos de pensiones y establece los límites máximos aplicables.
Posteriormente, corresponde a cada AFP evaluar y decidir, dentro de ese universo de instrumentos autorizados, dónde invertir de acuerdo con su propia estrategia y dentro de las condiciones y límites previstos en la normativa.
“La aprobación de un instrumento por parte de la Comisión no constituye una orden ni una obligación para que las AFP inviertan en él”, puntualizó el organismo.
Asimismo, enfatizó que los recursos de los fondos de pensiones pertenecen exclusivamente a los afiliados y que las AFP no son propietarias de esos recursos ni pueden disponer de ellos libremente.
La Comisión explicó que cuando un fondo adquiere bonos del Estado, bonos corporativos, acciones de oferta pública, valores de fideicomisos, cuotas de fondos de inversión u otros instrumentos autorizados, el dinero se convierte en un activo financiero que pasa a formar parte del patrimonio del fondo.
Ese activo, agregó, puede generar intereses, dividendos, ganancias de capital u otros rendimientos dependiendo de su naturaleza.
Instrumentos deben superar evaluaciones
La Comisión destacó que la elegibilidad de un instrumento financiero no se produce de manera automática. Antes de poder recibir recursos previsionales debe cumplir requisitos relacionados con la calidad crediticia, transparencia de los mercados y otras condiciones establecidas por la regulación.
Entre los elementos evaluados figuran la situación financiera del emisor, sus niveles de solvencia y liquidez, estados financieros auditados, características de la emisión, garantías, capacidad de generación de flujos financieros, cumplimiento regulatorio y disponibilidad de información suficiente.
La clasificación de riesgo constituye igualmente uno de los componentes centrales del proceso y debe ser realizada por sociedades calificadoras debidamente autorizadas.
El organismo subrayó, además, que la supervisión no termina con la aprobación inicial del instrumento. Los emisores y administradores deben mantener actualizada la información financiera y comunicar cualquier hecho que pueda modificar las condiciones bajo las cuales fue autorizado.
Esto permite, afirmó, realizar un seguimiento continuo del instrumento durante toda su vigencia y no únicamente al momento de su aprobación.
Defiende diversificación de las inversiones
La Comisión Clasificadora sostuvo también que la diversificación constituye un mecanismo para reducir riesgos y ampliar las oportunidades de rentabilidad de los recursos previsionales.
Indicó que, conforme han evolucionado el Sistema Dominicano de Pensiones y el mercado de valores, el universo de alternativas se ha ampliado desde los instrumentos tradicionales emitidos por el Estado y las entidades financieras hacia valores corporativos, acciones de oferta pública, fondos de inversión, fideicomisos y otros instrumentos vinculados al sector real de la economía.
Finalmente, la CCR y LI reconoció el derecho de los afiliados a conocer, consultar y dar seguimiento al destino de sus recursos, y aseguró que continuará ejerciendo sus atribuciones con “rigor técnico, transparencia y estricto apego a la protección de los recursos previsionales de los trabajadores dominicanos”.




