La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) informó este miércoles que, a partir del 1 de noviembre de 2026, los contribuyentes clasificados como grandes locales y medianos deberán emitir exclusivamente facturas electrónicas, mediante secuencias de comprobantes fiscales electrónicos tipo “E”. El aviso está publicado en los periódicos de circulación nacional.
Las secuencias de comprobantes no electrónicos tipo “B” asignadas a estas empresas solo serán válidas hasta el 31 de octubre de 2026. Posteriormente, podrán utilizarse únicamente cuando exista una contingencia formalmente declarada y bajo las condiciones establecidas en el Reglamento de Aplicación de la Ley 32-23 de Facturación Electrónica.
La DGII advirtió que el incumplimiento de esta disposición constituye una infracción y podría dar lugar a las sanciones previstas en la legislación. La medida representa un nuevo avance en la digitalización del sistema tributario y exige que las empresas comprendidas completen oportunamente sus adecuaciones tecnológicas, administrativas y contables.




